Diputados de Tlaxcala modificaron el Código Penal local para agregar dos causales de aborto legal por malformaciones congénitas e inseminación artificial no autorizada por la madre.
En sesión ordinaria, los legisladores aprobaron modificaciones de forma y fondo a la redacción del artículo 243 del Código Penal del estado a fin de evitar un fallo que alistaba la Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN para la acción de inconstitucionalidad 41 2013 que presentó la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH).
La Cámara de Diputados local decretó la integración de un registro de abortos practicados en la entidad que deberá operar la Secretaría de Salud (Sesa) de acuerdo con los lineamientos de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Tlaxcala.
El aborto por alteraciones del producto lo deberán prescribir dos médicos después de un dictamen por separado y para practicarlo requerirán el consentimiento de madre y padre.
Según el proyecto de decreto avalado en el pleno el médico que practique un aborto por las causales previstas en la ley deberá rendir un informe pormenorizado a la Sesa sustentado por los dictámenes médicos correspondientes en un plazo de 48 horas posteriores al procedimiento médico.
Anteriormente el Código Penal local contemplaba tres causales de aborto legal: por violación, por conducta culposa de la mujer embarazada, y cuando el producto pusiera en riesgo la vida de la madre.
Ayer la SCJN resolvería el expediente a cargo del ministro Femando González Salas.
Suprimieron del Código Pe nal todo término que criminalizaba a la mujer por un aborto previsto en la ley incrementa ron las causales del mismo que no tienen responsabilidad jurídica y eliminaron la participación de autoridades judiciales.
Con información de Reforma.